EN PLENA TENSIÓN CON LLA, LOURDES ARRIETA PUBLICÓ EL PROYECTO DE LEY PARA DEJAR EN LIBERTAD A REPRESORES

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“El plazo máximo fijado alcanzará a los procesos por delitos de lesa humanidad que no hayan recibido sentencia firme”, establece uno de los borradores que fueron compartidos por la diputada. Todos ellos fueron difundidos en el grupo de WhatsApp, cuya existencia denunció el sábado por la noche

Luego de revelar cómo se gestó la visita de los diputados a los represores detenidos en el penal de Ezeiza, Lourdes Arrieta publicó los detalles del proyecto que planeaban impulsar los legisladores que participaron de esa reunión: el objetivo era dejar en libertad a los genocidas.

Arrieta volvió a utilizar su cuenta de X para compartir el borrador de la iniciativa. Se trata de la segunda parte de lo que comenzó el sábado por la noche, cuando reveló la existencia de varios grupos conformados con la intención de presentar un proyecto de ley que beneficiara a militares condenados por crímenes de lesa humanidad durante la dictadura militar de 1976.

“Incorpórase el inciso 8 del artículo 59 del Código Penal Argentino, ley 11.179, el que quedará redactado de la siguiente manera: ‘Transcurridos veinte años desde que el Estado haya tomado conocimiento, mediante acto procesal, de la comisión de un delito, y no se hubiere arribado en ese lapso a una sentencia judicial firme respecto del mismo’”, dice el borrador del proyecto llamado “Derecho a ser juzgado en un plazo razonable”.

En sus argumentos, sostienen que “la doctrina establece que pasado un tiempo excesivo de tramitación de un proceso penal, aun cuando no hubiere operado la prescripción, la acción penal debe entenderse agotada por insubsistencia” y consideran como “inconstitucional la prolongación indefinida de los procesos”.

Por otro lado, la diputada libertaria compartió también el proyecto de reglamentación que propone fijar en 25 años “el plazo máximo que tendrá el Estado para arribar una sentencia definitiva en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada a una persona”.

El término regirá desde la fecha de comisión del ilícito o desde la mayoría de edad si la víctima fuere un menor, y su cómputo se suspenderá en caso de que la Nación sufra interrupción de la vida democrática mediante la ilegal deposición de las autoridades de sus tres poderes”, plantea y agrega: “Vencido este plazo máximo fijado, operará la extinción de la acción penal por insubsistencia”.

Las conversaciones difundidas el sábado pertenecían a un grupo del que formaban parte los legisladores Alida Ferreyra, Beltrán Benedit, Celeste Ponce, Carlos Zapata, Lilia Lemoine, Alberto Arancibia; los abogados Laura Olea, Ricardo Saint Jean y el ex juez de Casación Eduardo Riggi, así como también Guillermo Montenegro, Santiago Santunient, entre otros. Según las palabras de Arrieta, el chat había sido creado por el padre Javier Ravasi.

Allí, Olea envió estos documentos que contenían iniciativas creadas con el fin de imponer un “plazo razonable de los procesos y modificar la Ley de Ejecución Penal, el Código Penal y Procesal”. Al respecto, Ravasi expresó que “el proyecto tiene como finalidad obligar a los jueces a conceder la prisión domiciliaria, manifestando que ‘los que están en cárceles irían a domicilio y muchos obtendrían la libertad’”, subrayó.

El borrador de la iniciativa difundido en la noche del domingo por Arrieta estipula que “el plazo máximo fijado alcanzará a los procesos por delitos de lesa humanidad que no hayan recibido sentencia firme”. “Creemos que la política de derechos humanos es la única de las políticas que mira al pasado”, sostienen entre los fundamentos, en los que comentan que “la magnitud y cantidad de los procesos de lesa humanidad mantiene colmadas las agendas de los Tribunales Orales Federales, encargados de investigar la corrupción y narcotráfico en todo el territorio nacional”. Por esto mismo, consideran que “resulta indispensable descongestionar la labor de los tribunales federales a efectos de contribuir decididamente a una mejor administración de la Justicia”.

“Según las últimas estadísticas de la Procuraduría de Crímenes de lesa humanidad, hasta diciembre de 2022, el total de personas que han sido requeridas para su investigación por el Ministerio Público Fiscal al menos una vez en el marco del proceso de juzgamiento, es de 3640. Han fallecido juzgados y condenados todos los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas durante la dictadura, así como los Jefes de Cuerpo, de Área y las figuras jerárquicas más importantes de la represión estatal de los años 70. Más de ochocientos ex militares, policías, miembros del servicio penitenciario y civiles sometidos a esta clase de procesos han fallecido en cautiverio en el transcurso de estos años”, señalan.

Infobae

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