El gobierno nacional volvió a pedir a Chile que deje de lado el decreto presidencial que establece una nueva demarcación chilena sobre territorio argentino.
El gobierno argentino envió una carta al ejecutivo de Chile encabezado por Sebastián Piñera sobre la disputa por la nueva demarcación marítima que el jefe de estado trasandino estableció bajo decreto. En el texto, el gobierno argentino muestra su “preocupación” por el nuevo establecimiento que intenta imponer Chile a la plataforma marítima que fue refrendada por el Congreso Nacional y anteriormente por las Naciones Unidas.
La polémica que desató la nueva disposición de la Carta Náutica chilena superpuesta a los límites marítimos y de hielos que forman parte del territorio argentino continúa con tironeos diplomáticos sin llegar a buen puerto.
Ante la negativa del presidente de Chile, Sebastián Piñera, de reconocer los límites demarcados que están sujetos a las normas de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 y el Tratado de Paz y Amistad Argentino-Chileno de 1984, el gobierno nacional decidió publicar un nuevo pedido en reclamo de esta acción unilateral del país vecino.
“La aspiración que ahora Chile manifiesta mediante esa medida es contraria al Tratado de Paz y Amistad Argentino-Chileno, celebrado el 29/11/1984, y a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, y evidencia una vocación expansiva que la Argentina se ve obligada a rechazar”, argumenta en un pasaje la carta del estado nacional.
Además expresa su “preocupación” por la pretensión de chilena de avanzar y superponerse sobre la plataforma continental argentina compuesta de fondos marinos y oceánicos.
De esta manera, la idea de Piñera de anexar cinco mil kilómetros cuadrados de plataformas argentinas mediante un decreto resulta “manifiestamente extemporáneo y contradictorio” para el gobierno argentino.
De esta manera, tanto desde Casa Rosada como desde la Cancillería que encabeza Felipe Solá, se “rechaza en todos sus términos” el decreto chileno que busca reconfigurar la Carta Náutica.
El gobierno argentino reafirma su posición
En una reunión por videoconferencia de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, Felipe Solá manifestó que “Chile no puede pretender proyectar su soberanía en ninguno de esos espacios marítimos”.
Junto al secretario de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Daniel Filmus, Solá expuso varios de los argumentos que se presentaron hoy al gobierno de Piñera, donde afirmó que Chile “tuvo numerosas ocasiones para expresar su desacuerdo en forma a nivel bilateral o multilateral en 36 años” y “en ningún momento desde la celebración del Tratado hasta mayo de 2020 hizo planteo alguno que siquiera se parezca al actual”.
La carta completa del gobierno argentino
El Gobierno argentino nota con preocupación que dicha medida refleja una pretensión por parte de la República de Chile de proyectar plataforma continental al Este del meridiano 67º 16, 0, avanzando sobre la plataforma continental argentina y superponiéndose también con una gran extensión de fondos marinos y oceánicos que forman parte del Patrimonio Común de la Humanidad.
La aspiración que ahora Chile manifiesta mediante esa medida es contraria al Tratado de Paz y Amistad Argentino-Chileno, celebrado el 29/11/1984, y a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, y evidencia una vocación expansiva que la Argentina se ve obligada a rechazar.
El reclamo al que se refiere dicho Decreto resulta manifiestamente extemporáneo y contradictorio con la conducta de Chile previa a mayo de 2020 y desconoce lo dispuesto por las normas internacionales aplicables cuya interpretación de buena fe es exigida por el derecho internacional.
Como es de su conocimiento, en virtud de lo establecido en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, la República Argentina presentó el límite exterior de su plataforma continental el 21 de abril de 2009, el que fue analizado por la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC) entre 2012 y 2016. Las recomendaciones de la CLPC en la zona de plataforma continental más allá de las 200 millas marinas al Sur de Tierra del Fuego aprueban los puntos del límite presentados en el 2009. El Congreso de la Nación Argentina, mediante la ley 27.557, aprobó la demarcación del límite exterior de su plataforma continental, tomando como base las Recomendaciones de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC) emitidas, y aceptadas por la República Argentina, en el año 2016.
En este sentido, tal como se ha oportunamente reflejado en el texto y en los mapas del Resumen Ejecutivo de la presentación efectuada por la Argentina ante la CLPC hace más de diez años, la demarcación del límite de la plataforma continental argentina guarda plena conformidad con las normas de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 y el Tratado de Paz y Amistad Argentino-Chileno de 1984.
Por otro lado, el Gobierno de la República Argentina hace propicia la oportunidad para reafirmar su más firme compromiso con el cumplimiento de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 y del Acuerdo de 1994 Relativo a la Aplicación de la Parte XI de la Convención, instrumentos que brindan el marco jurídico fundamental para el desarrollo de actividades en la Zona. Al respecto, cabe recordar que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 136 y 137 de la CONVEMAR, la Zona y sus recursos constituyen Patrimonio Común de la Humanidad. Por ello, los Estados tienen vedado el reivindicar o ejercer soberanía o derechos soberanos sobre parte alguna de la Zona o sus recursos, los cuales pertenecen a la humanidad en su conjunto y cuya administración corresponde a la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos.
Por las razones mencionadas, la Argentina rechaza en todos sus términos el referido Decreto, la nota remitida por Chile a esa Secretaría el pasado 26 de mayo de 2020, así como cualquier pretensión de Chile de establecer espacios marítimos al Este del meridiano 67º 16 0. Asimismo, se agradecerá que esta impugnación formulada por la República Argentina sea publicada junto con cualquier carta marítima que Chile remita a la Secretaría en las que se represente una pretensión semejante.
GI CP/Perfil