El proyecto devuelto con modificaciones por Diputados el martes será analizado en un plenario que se reunirá a partir de las 8 de la mañana.
Sin pérdida de tiempo, el Senado de la Nación se abocará este jueves al análisis del proyecto devuelto desde Diputados que aprueba el convenio de transferencia progresiva de facultades y funciones de seguridad en todas las materias no federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, firmado entre el Estado nacional y el Gobierno de la CABA el 5 de enero de 2016. Una iniciativa que implica un recorte de fondos para la administración porteña, y que la Cámara alta aprobara el pasado 2 de octubre, mientras que Diputados sancionó y devolvió con modificaciones el martes de esta semana.
El proyecto será abordado este jueves en el infrecuente horario de las 8 de la mañana, en el marco de un plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales, que preside María de los Angeles Sacnun, y de Presupuesto y Hacienda, que encabeza el cordobés Carlos Caserio.
La idea es avanzar este mismo jueves con el dictamen, para poder convertirlo en ley el jueves venidero.
El proyecto aprobado esta semana en Diputados por 129 votos a favor, 118 en contra y 7 abstenciones, y establece que el traspaso de la Policía Federal a la Ciudad se financiará a través de una suma inicial estimada en 24.500 millones de pesos, que serán actualizados de forma trimestral según una combinación del índice salarial promedio de la Policía Federal y el índice de inflación. Sin embargo en Diputados se modificó esa suma, estableciéndose que el monto final surja de un convenio entre el Gobierno nacional y la Ciudad en un plazo no superior a los 60 días desde la sanción de la ley.
Los cambios fueron anunciados durante la sesión por el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Pablo González, quien precisó que en el artículo 2° de la norma se estableció que “el gasto anual que demande las transferencias realizadas a CABA en el marco del convenio aprobado por el artículo 1 de la presente y sus mecanismos de actualización trimestral serán acordados en forma bilateral por el Poder Ejecutivo Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en un plazo de 60 días corridos contados a partir de la sanción de la presente”.
El párrafo siguiente indica que “la Comisión Federal de Impuestos (CFI) tomará intervención en el proceso de acuerdo a efectos de emitir una opinión técnica para la determinación del monto anual en pesos de los componentes efectivamente transferidos a la CABA en el año 2016”.
El último párrafo del artículo 2° modificado dice: “El Presupuesto General de la administración nacional en cada ejercicio fiscal contemplará el financiamiento de los gastos denunciados en el presente artículo”.
El artículo 3° también modificado prevé qué va a pasar hasta tanto el acuerdo se perfeccione. “Hasta la entrada en vigencia del acuerdo previsto en el artículo 2 de la presente, se transferirá en forma mensual y automática desde el Tesoro nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la doceava parte de $24.500 millones, que se considerarán a cuenta del monto que finalmente se otorgue”. El siguiente párrafo dice: “La suma prevista en el párrafo precedente será actualizada trimestralmente de acuerdo con un índice compuesto en un 80% por el Indice Nominal del salario promedio de la Policía Federal Argentina y en un 20% por el IPC elaborado por la Dirección General de Estadísticas de dicha jurisdicción, ambos correspondientes al período precedente”.
El artículo 4° dice: “A partir de la entrada en vigencia de la presente, el Poder Ejecutivo Nacional transferirá a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la participación que corresponda por la aplicación del artículo 8 de la Ley 23.548 y sus modificaciones, así como las sumas destinadas a la atención del gasto que demanda el convenio aprobado en el artículo 1 de la presente, con lo que quedará cumplida la exigencia establecida en el artículo 75 inciso 2 5to párrafo de la Constitución nacional”.
El artículo 5° con modificaciones queda así: “El jefe de Gabinete de Ministros efectuará las adecuaciones presupuestarias pertinentes a los efectos de la adecuación del presente.
Los artículos 6, 7 y 8 no tienen modificaciones de la media sanción del Senado de la Nación.
Parlamentario