Con la firma de Patricia Bullrich y Mariano Cúneo Libarona, la iniciativa establece que “la declaración de rebeldía no suspenderá la investigación hasta la elevación a juicio”.
Finalmente, ingresó a la Cámara de Diputados el proyecto de ley del Poder Ejecutivo, firmado por los ministros Mariano Cúneo Libarona (Justicia) y Patricia Bullrich (Seguridad), para establecer, a través de una modificación al Código Penal de la Nación, el juicio en ausencia, que permitiría juzgar a acusados por delitos graves cuando éstos no se presenten o estén prófugos, como por ejemplo sería el caso de los autores materiales del atentado contra la AMIA.
La modificación al Código en el articulo 104 propone que “el imputado tendrá derecho a hacerse defender por abogado de la matrícula de su confianza o por el defensor oficial siempre que ello no perjudique la eficacia de la defensa y no obste a la normal sustanciación del proceso”.
De igual manera, establece: “La declaración de rebeldía no suspenderá la investigación ni las resoluciones que deban dictarse hasta la elevación a juicio. Si fuere declarada durante el juicio, este se suspenderá con respecto al rebelde y continuará para los demás imputados presentes, salvo en el caso de los supuestos previstos en el Capítulo V del Título II del Libro III de este Código”.
A su vez, este proyecto señala que el juicio en ausencia será aplicable únicamente en aquellas causas en las que se investigue: Delitos previstos en Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional; previstos en la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas; Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes; y el Código Penal.
De igual manera, también ingresó el texto del Poder Ejecutivo que toma de referencia anteriores iniciativas impulsadas por el ministro de Defensa, Luis Petri; y los diputados nacionales Margarita Stolbizer, Pablo Tonelli, Alberto Asseff (MC) y Graciela Camaño (MC).
Esta redacción menciona que el juicio en ausencia se aplica en naciones como España, Italia, Alemania, Austria y Francia y propone que “bajo pena de nulidad en todos los casos, el juicio en ausencia sea registrado por medios audiovisuales y debidamente resguardados hasta la culminación definitiva”.
Parlamentario