LA CORTE SUPREMA DISPUSO EL REGRESO A LA PRESENCIALIDAD PLENA DEL PODER JUDICIAL

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Lo dispuso en la acordada n°24/2021. Quedan exceptuados los trabajadores que presenten factores de riesgo o comorbilidades.

La Corte Suprema dispuso este jueves el retorno a la presencialidad plena en el Poder Judicial a partir del próximo 20 de octubre, excepto para los trabajadores con factores de riesgo o comorbilidades.

Así lo dispuso en la acordada n°24/2021 con el objetivo de “adoptar las medidas tendientes a la normalización del servicio de Justicia” tras los decretos de flexibilizaciones emitidos por el Gobierno nacional el pasado 1° de octubre para la Administración Pública Nacional.

“Solo podrán solicitar la licencia extraordinaria prevista en las acordadas 4/2020 (modificada por la 6/2020), 31/2020 14/2021, que los habilita a prestar funciones de manera remota exclusivamente, los magistrados, funcionarios y empleados que padezcan alguna inmunodeficiencia o sean pacientes oncológicos o trasplantados, en los términos y alcances de la resolución 627/2020 (y sus modificatorias) del Ministerio de Salud de la Nación.

Además, la Corte Suprema dispuso “mantener en las la delegación de facultades de superintendencia en las respectivas autoridades con la finalidad de normalizar la prestación presencial del servicio de justicia en el ámbito de sus fueros y jurisdicciones.

También recordó a todo el personal judicial que concurra a los tribunales y dependencias para prestar servicios que deberá adoptar todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte emanadas de las autoridades competentes, como así también los protocolos establecidos por este Corte y las respectivas autoridades de superintendencia.

ambito.com

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