LICUAR ES LA TAREA: GUÍA RÁPIDA PARA ENTENDER LA NUEVA FÓRMULA JUBILATORIA

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¿Cómo quedan establecidos los aumentos en jubilaciones y asignaciones tras el DNU del Gobierno de Milei? ¿Recuperarán lo perdido contra la inflación?

El DNU 274/2024 cambió la fórmula de movilidad jubilatoria y las prestaciones se ajustarán por la inflación desde abril. Además, el Estado pagará un 12,5% adicional al inicio del cambio de régimen que subirá el piso de los haberes, pero que no compensa la licuación de los últimos meses. También dejó abierta la posibilidad de hacer, en junio próximo, un ajuste mayor si la fórmula de la ley diera más que los pagos por inflación.

La “fórmula Milei” para ajustar jubilaciones -y asignaciones, según la ley, aunque nadie lo diga- reaccionaría más rápido ante un nuevo salto inflacionario, pero cristalizaría la pérdida de poder adquisitivo que sufrieron los haberes en los últimos años y, sobre todo, en el último semestre. Según el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), los haberes perdieron, sin bonos, casi 50% de poder adquisitivo desde 2017.

1) La nueva movilidad

El DNU establece que, desde abril, las prestaciones se actualizarán de acuerdo con el último Índice de Precios al Consumidor (IPC) conocido, que es el de dos meses antes. Los haberes de abril se ajustarán de acuerdo a la inflación oficial de febrero; los de mayo, según el IPC de marzo, y así sucesivamente. Como punto de partida, el Estado dará un 12,5% adicional en abril, que compensaría, en parte, el 20,5% de inflación de enero. Para atrás, nada.

2) El empalme

Para blindarse de posibles juicios, el Gobierno garantiza que, hasta junio, pagará según la fórmula que dé más alto. Lo hace con tres aumentos “a cuenta”, en abril, mayo y junio. Si los incrementos otorgados en estos tres meses son mayores a la actualización trimestral que, según la ley votada en 2021, correspondería en junio, quedarán vigentes. Si el ajuste de la ley “vieja” fuera mayor (difícil), el Ejecutivo saldará la diferencia. Entonces, si las actualizaciones acumuladas hasta junio (con el 12,5% extra del inicio incluido) son mayores a lo que corresponda otorgar por ley de movilidad, quedarán incorporadas al haber definitivamente. Si el índice de la ley de movilidad (50% recaudación — 50% salarios) del trimestre enero-marzo fuera mayor, el Estado lo abonará. A partir de julio, la movilidad será 100% IPC, con lo que dé el indicador de mayo.

3) El bono

El 20 de marzo, el decreto 268 oficializó el pago de un bono de $70.000 pesos a quienes ganen la mínima o menos (por ejemplo por el descuento de planes de moratorias), con los haberes de abril. El bono garantiza que ningún jubilado gane menos de $204.445,30. Quien tenga un haber entre la mínima de $134.445,30 y esa suma, cobrará la diferencia.

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Con el impacto de la nueva fórmula, los haberes subirán ya a partir de abril. Fuentes del Ministerio de Economía indicaron que el bono de $70.000 para los haberes mínimos sigue vigente. Ese techo de $204.000 para percibir el diferencial sería el del haber de marzo, porque la mínima más bono ya quedaría por encima de esa cifra el mes próximo.

4) El haber de abril

La jubilación mínima, de $134.445,30, llegaría, en abril, a $168.997,74, por la suba del 25,7% (12,5% + 13,2%). A eso se sumaría el bono de $70.000, ratificado por fuentes oficiales. Por lo tanto, el nuevo piso de jubilación más bono quedaría en $238.997,74.

5) Las asignaciones familiares y la AUH

Ni el DNU ni la comunicación oficial explicitan qué ocurrirá con las asignaciones familiares y la AUH. Pero la ley 27.160 dispone que estas se ajustarán “conforme a lo previsto por el artículo 32 de la ley 24.241 y sus modificatorias”. El DNU modifica ese artículo 32, que define el mecanismo de movilidad de las jubilaciones. Entonces, las asignaciones deberían subir, desde abril, según el nuevo indicador.

6) Impacto fiscal y en el bolsillo

Con el DNU, el Gobierno asume el costo político de ponerle un punto ¿final? a la discusión sobre la movilidad. El bloque Hacemos Coalición Federal, que preside Miguel Ángel Pichetto, había convocado a una sesión en Diputados para actualizar los haberes por IPC, pero incorporando, al menos, la inflación de enero. Ese segmento de la oposición buscaba asegurar que las prestaciones incorporaran el 20,2% que marcó el IPC para ese mes. El DNU fija el corte en 12,5%. La licuación sobre haberes y asignaciones familiares de los últimos años -en especial, del último trimestre- quedaría cristalizada.

Según el Centro de Economía Política Argentina (CEPA), el aumento trimestral de diciembre, del 20,87% (sin bono), contrastó con una inflación trimestral del 53,31%. El incremento de marzo, del 27,18%, ya quedó debajo de la inflación acumulada entre enero y febrero (36,6%). Aproximadamente el 40% del ajuste fiscal del primer trimestre se explica por la licuación de jubilaciones. La nueva movilidad regirá sobre esta foto. Según el Iaraf, el haber mínimo real de diciembre de 2023 fue un 35,7% inferior al de 2017. Con bonos complementarios, la pérdida de poder adquisitivo fue del 18,2%.

7) Hacia adelante

Mientras la inflación siga en baja, los titulares de prestaciones recuperarán algo de ese poder adquisitivo perdido en los últimos años, porque la nueva actualización mensual será con la inflación pasada. Por ejemplo, si la inflación es 12% en marzo y 10% en abril, los haberes subirían 12% en mayo y embolsarían 2 puntos. En cambio, si los precios vuelven a acelerar, las jubilaciones, pensiones y asignaciones perderán más terreno, aunque el ajuste mensual modere la licuación de la movilidad actual, en un contexto de salarios y recaudación a la baja.

Por otro lado, la falta de una indexación por salarios impide que los haberes se beneficien si los trabajadores formales comienzan a recuperar poder adquisitivo, en caso de que la economía crezca en “V”, como augura el Gobierno.

Esteban Rafele – Cenital

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