LA CORTE SUPREMA DIO MARCHA ATRÁS Y MANTENDRÁ LA FERIA JUDICIAL QUE YA LLEVA MÁS DE 100 DÍAS

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El máximo tribunal tenía todo listo para retornar a las actividades junto a las cámaras nacionales y federales

La Corte Suprema de Justicia dio marcha atrás en la decisión de levantar la feria judicial extraordinaria en la que había ingresado junto a las cámaras nacionales y federales debido al avance del coronavirus en Argentina. Por la mañana el máximo tribunal había confirmado que la levantaría, pero por la tarde decidió retroceder en su decisión.

Según pudo saber Infobae, durante el fin de semana habían avanzado en la acordada que tenía cuatro votos a favor de levantar la feria (los de Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti) y un voto en contra, el de Elena Highton. Pero apenas trascendió la noticia en los medios de comunicación, el presidente del máximo tribunal comenzó a recibir llamados desde el Gobierno y resolvió archivar la acordada. Así, el Poder Judicial continuará con una feria judicial que ya lleva más de 100 días.

La feria rige desde marzo, cuando comenzó el aislamiento obligatorio y los tres poderes del Estado debieron readaptar sus actividades con nuevos protocolos. En muchos casos la tarea habitual se vio interrumpida.

El texto de la acordada difundida este lunes señala que se mantendrá el funcionamiento de todos los tribunales federales con asiento en el interior del país, respecto de los cuales se dispuso el levantamiento de la feria en los términos previstos en las acordadas 17, 19, 20, 23 y 24.

También detallaron que durante la feria extraordinaria la Corte Suprema funcionará con todos sus miembros y secretarios; y que se mantendrá la atención al público para los tribunales de feria de lunes a viernes desde las 9.30 hasta las 13.30.

“A través de distintas acordadas se instrumentó una serie de medidas que conjugaron la prestación del servicio de justicia con la protección de la salud de los empleados, funcionarios, magistrados, como así también del público en general que concurre a los tribunales”, señala en sus considerandos.

En una primera instancia la Corte había decidido prorrogar la feria en juzgados de primera instancia y, sorpresivamente, en los tribunales orales, pese a que hay varios juicios de relevancia institucional esperando una habilitación para poder reanudarse.

La decisión de mantener cerrados los TOF había generado malestar en la comunidad jurídica porque atenta contra uno de los principios fundamentales del derecho: el de garantizar procesos ágiles.

Hasta ahora, el máximo tribunal siempre había prorrogado su feria casi en forma automática, a la par de los decretos del gobierno nacional que extendían la cuarentena en el Área Metropolitana. Pero esta mañana, a diferencia de lo que había dispuesto el jefe de Estado para el AMBA, la Corte promovió la apertura de algunos tribunales relevantes que estaban cerrados.

Los miembros del máximo tribunal tenían dispuesto suspender plazos procesales, ordenar la implementación de protocolos especiales de salud y encomendar que se priorice el trabajo remoto, con presencia mínima de personal.

Además, pretendían mantener las licencias excepcionales para los grupos de riesgo frente al COVID-19 y solicitar que se arbitren los medios necesarios para garantizar la atención virtual ante presentaciones y consultas.

El máximo órgano judicial ya había resuelto levantar la feria judicial en 14 provincias en las últimas semanas: algunas ciudades de Buenos Aires, Catamarca, Tierra del Fuego, La Rioja, Santa Fe, Corrientes, Tucumán, Chubut, Mendoza, Santa Cruz, San Juan, San Luis y Córdoba. Se trata de zonas que se encuentran en una etapa más avanzada del aislamiento obligatorio donde la circulación del virus está más controlada que en otras partes del país.

En esas jurisdicciones, se ordenó que “todo el personal judicial que concurra a los tribunales y dependencias para prestar servicios deberá adoptar todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte emanadas de las autoridades competentes en el respectivo ámbito”, mientras que se mantuvieron “las licencias excepcionales, a favor de aquellos magistrados, funcionarios y empleados” que estén en grupos de riesgo o dentro de los exceptuados en resoluciones anteriores.

Infoban

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