El Máximo Tribunal bonaerense obligó al Jurado que admita y tramite el Recurso Extraordinario planteado por el exmagistrado. Esto implica la suspensión del juez, no la destitución definitiva.
La Suprema Corte de Justicia bonaerense –integrada por conjueces– anuló el miércoles 13 de mayo pasado una decisión del Jurado de Enjuiciamiento que destituyó al exjuez Luis Federico Arias, y lo obligó de este modo a que admita y tramite el Recurso Extraordinario planteado por el enjuiciado.
Si bien la decisión judicial de la Corte no implica la restitución de Arias a su cargo como juez Contencioso Administrativo Nº 1, sí constituye un avance al respecto porque suspende la destitución –aunque mantiene la suspensión– y deja abierta la vía recursiva para que otro tribunal revoque su cuestionada separación.
Esta resolución fue tomada por el máximo tribunal provincial debido a que el jury había denegado la revisión judicial a Arias.
“Al Recurso Extraordinario lo interpuse contra la sentencia, y si bien lo decide la Suprema Corte, es el Jurado de Enjuiciamiento el que lo admite y tramita; como lo denegó, fui en queja a la Corte, que a su vez le dice al Jurado que se expida nuevamente, admitiéndolo, porque no puede haber ninguna decisión sin revisión judicial”, explicó Arias al respecto.
Pues bien, tras la admisión, será la Suprema Corte la que decida si se anula o no la destitución, aunque es importante destacar que con la suspensión de la destitución, queda suspendida también la inhabilitación que pesaba sobre Arias para ocupar cargos judiciales.
La denuncia que culminó con la destitución de Arias fue impulsada por el cuestionado Procurador General de la Suprema Corte, Julio Conte Grand, a quien se le atribuye haber cumplido con órdenes políticas del Ejecutivo que por entonces encabezaba María Eugenia Vidal, quien lo propuso para ese cargo en reemplazo de María del Camen Falbo, luego de haber sido secretario Legal y Técnico de la Gobernación.
El Jurado de Enjuiciamiento que destituyó a Arias el 15 de agosto de 2018 estuvo integrado por Julio Pettigiani (por entonces presidente de la Suprema Corte), Jorge D’Onofrio (diputado del Frente Renovador), Walter Carusso (diputado de Cambiemos) y Roberto Costa (senador de Cambiemos); los abogados representantes de los distintos colegios Fabián Ramón González (Morón), Diego Alejandro Molea (Lomas de Zamora), Osvaldo Enrique Pisani (San Isidro), Ambrosio Luis Bottarini (Pergamino) y José Alberto Apaz (San Martín), mientras que los legisladores Santiago Révora (Unidad Ciudadana) y Pablo Garate (Frente Renovador), votaron en sentido contrario a la destitución.
La remoción del magistrado se produjo por considerarlo incurso en diversas faltas funcionales; sin embargo, dichos cargos no fueron más que decisiones judiciales, las cuales no pueden ser sometidas a juzgamiento disciplinario, razón por la cual diversos organismos de derechos humanos realizaron denuncia ante la ONU, que requirió explicaciones al Estado nacional.
Vale recordar que Arias tuvo una destacada labor en la protección de los derechos de usuarios de servicios públicos, suspendiendo el primer “tarifazo” de la era Vidal, y denunciando en sus sentencias el ilegítimo accionar de la gobernadora.
También anuló –entre otras medidas que irritaron al Gobierno de Cambiemos– varias decisiones de Vidal contra los docentes y trabajadores estatales, al tiempo que suspendió el DNU de Mauricio Macri que modificó la Ley de Comunicación Audiovisual.
(ANDigital/Portal de Noticias)