LA JUSTICIA ORDENA A VIALIDAD NACIONAL QUE BRINDE DATOS DE CONTRATOS SOBRE CORREDORES VIALES

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La Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo ordenó a la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) que brinde información de contratos adjudicados sobre corredores viales, que forman parte de la licitación del proyecto denominado Red de Autopistas y Rutas Seguras.

a Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo ordenó a la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) que brinde información de contratos adjudicados sobre corredores viales, que forman parte de la licitación del proyecto denominado Red de Autopistas y Rutas Seguras.

La Sala I de la Cámara fijó el plazo de diez días para que se informe a quien fuera presidente del Partido Justicialista (PJ) y tres veces gobernador de San Juan, José Luis Gioja sobre “las ofertas de aquellas empresas que resultaron adjudicatarias en el marco de la resolución 1126/2018 de la DNV.

Gioja promovió la demanda al considerar que la DNV violó la ley 27.275, de Derecho a la Información Pública, al negarle datos o entregárselos incompletos “sobre el monto en dólares y/o pesos de cada uno de los ítems, renglones y/o rubros de cada uno de los contratos adjudicados” por esa resolución.

En primera instancia, la demanda fue rechazada pero la sentencia, apelada por el accionante, tuvo dictamen fiscal a favor del reclamo y la Sala I de la Cámara revocó ese fallo.

El tribunal recordó que la ley 27.275, según su artículo 1, “tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública”.

La ley prevé, además, que el organismo requerido “solo podrá negarse a brindar la información, si se verificara que la misma no existe y que no está obligado legalmente a producirla o que está incluida dentro de algunas de las excepciones previstas” en la norma.

“Resulta esencial que, para garantizar el acceso a la información, los poderes públicos actúen de buena fe y realicen diligentemente las acciones necesarias para asegurar la efectividad de ese derecho” consignó el dictamen fiscal, con el que coincidieron los camaristas Liliana Heiland, Clara Do Pico y Rodolfo Facio.

Tanto en sede administrativa como judicial la DNV refirió que todas las actuaciones relativas al proceso licitatorio se encuentran disponibles en sitios de internet y agregó, ante la Sala I de la Cámara que la información requerida por Gioja sería inexistente.

Pero el tribunal concluyó que “los informes producidos por el sujeto requerido no cumplieron cabalmente el deber de dar una respuesta suficientemente motivada” como dispone la ley.

Así, ordenó a la DNV que “provea las ofertas de aquellas empresas que resultaron adjudicatarias en el marco de la resolución DNV 1126/2018, los anteproyectos técnicos, los proyectos ejecutivos y toda aquella documentación de la cual puedan extraerse la información requerida.

Se trata de los “datos vinculados a la “información sobre el monto en dólares y/o pesos de cada uno de los ítems, renglones y/o rubros de cada uno de los contratos” sobre corredores viales A, B, C, E, F y Sur que forman parte de la Licitación Pública Nacional e Internacional del Proyecto denominado “Red de Autopistas y Rutas Seguras. Proyecto PPP Vial-Etapa 1.Ley 27.328.

(De Télam/Grupo La Provincia)

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